Asesoría Técnica Agrícola
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Adiós al Clorpirifos y Metil-Clorpirifos

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Hola a todos. Hoy os contamos qué pasa con el Clorpirifos y el Metil-Clorpirifos

Con el fin de tener en todo momento actualizados a nuestros lectores con respecto a la normativa sobre uso de productos fitosanitarios, queríamos avisar a los agricultores que nos leen de la NO RENOVACIÓN, y por tanto prohibición, de estas materias activas, el Clorpirifos, en este caso granulado, pues el líquido ya hace tiempo que fue retirado. Y el MetIl-Clorpirifos líquido al 22,4% que se usa para tratamiento de frutales como cítricos y viña.

El Clorpirifos es un insecticida organofosforado ampliamente utilizado en el control de plagas agrícolas, que actúa inhibiendo la acetilcolinesterasa y causando envenenamiento por colapso del sistema nervioso del insecto.

¿Cuales son las causas de la no renovación de estas materias activas?

Lee aquí varios artículos donde se expone las causas y peligros de estas materias activas para la salud

👉 ABC

👉 Portal Kaos en la Web

👉 La Vanguardia

👉 El confidencial

Clorpirifos y Metil-Clorpirifos

Los estados miembros retirarán las autorizaciones de los productos fitosanitarios que contengan la sustancia activa clorpirifos, a más tardar, el 16 de febrero de 2020.

Puedes descargarte el reglamento de ejecución de estas materias activas 👇

Disponemos de estas materias activas para poder vender hasta la fecha límite del 16 de febrero de 2020.

CHAS 5G – en envases de 25kg

Numero de registro 21575 – Mayormente usado en hortícolas al realizar la plantación para gusano de alambre, blancos y grises además de larvas de dípteros.

Metil Clorpirifos 22,4% en envase de 5 litros

Número de registro ES-00033. Mayormente usado en cítricos contra carpocapsa y ceratitis o mosca de la fruta y en viña contra la polilla y el mosquito verde.


¿Hasta cuando tiene el agricultor para gastar las últimas unidades de esta materia activa?

En esta tabla puedes ver cuando es la fecha máxima de venta que es hasta el 16 de febrero de 2020 y la fecha máxima de uso, almacenamiento y tenencia es hasta el 16 de abril de 2020.

Por tanto, el agricultor podrá gastar estos productos hasta el 16 de abril de 2020.

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